¿En alguna oportunidad has escuchado que una persona publicó imágenes sexuales de su expareja con el simple propósito de perjudicarla y hacerle pasar un mal rato frente a los demás?

Lamentablemente es una situación que ocurre con bastante frecuencia y que se considera un crimen denominado porno venganza o venganza usando pornografía, siempre y cuando el acto se halla llevado a cabo sin contar con la aprobación de tal persona. Al respecto, debe considerar que el crimen en sí consiste en difundir o publicar imágenes o videos íntimos cargados de contenido sexual contra la voluntad de una víctima o sin contar con su autorización, solo para avergonzarla, humillarla o causarle daño a nivel emocional o psicológico, considere que las leyes penales vigentes en California son bastantes rigurosas y estipulan que quien se atreva a cometer tal crimen debe ser castigado con encarcelamiento y/o pago de multas judiciales.

Cada vez se hace más frecuente que quienes comparten una relación de pareja optan por grabar o fotografiar sus encuentros sexuales o íntimos de forma consensuada por ambos y para conservar las imágenes en privado, sin mostrarlo a terceras personas. No obstante, al dar por concluida la relación o tener algún tipo de problema sentimental una de las partes decide exhibir a la otra al hacer públicas las capturas en sitios web, redes sociales u otro tipo de medio que sirva para difundir información masivamente con el objeto de consumar una venganza. Esto se ha hecho aún más común debido al uso de los celulares para capturar videos o fotos y debido al auge de las diferentes redes sociales que están disponibles inmediatamente para la publicación de imágenes incluso en vivo. Pero debe tener en cuenta que este se trata de un crimen que genera fuerte preocupación dado que no solo se verá perjudicada la reputación de una víctima ante la sociedad, sino que también es posible que la misma tenga que padecer acoso proveniente de terceros.

Si desafortunadamente está haciendo frente a una acusación penal por Venganza con Pornografía en San Jose es vital que contacte cuanto antes a un abogado que estudie su caso y asuma su defensa, puesto que si no toma cartas el asunto es probable que sea declarado culpable y no solo pase a ser posiblemente encarcelado y se vea obligado a pagar multas, sino que además deberá cumplir otra seria de consecuencias jurídicas que comprometerán su futuro. Por suerte, no todo está perdido, que usted sea acusado no significa que va a ser declarado culpable, un abogado de California Criminal Lawyer Group (San Jose) puede tomar su caso y asumir todo lo relativo a su defensa con la finalidad de demostrar ante el Juez que usted es inocente por ende los cargos deben ser desechados o al menos convencerlo de que la situación no es tan grave y es conveniente disminuir la sentencia al imponer sanciones más leves.

¿Conforme a la legislación vigente en California que engloba la porno venganza?

Se trata de un crimen consagrado por la regulación 647, literal j, numeral 4 perteneciente al Código Penal (PC) en el que incurre una persona cuando publica videos o imágenes cargados de contenido sexual sobre otra persona a un sitio en línea, sin contar con su consentimiento y cuando dicho acto le provoca a tal persona angustia emocional severa. Tome en cuenta que las víctimas de esta clase de crímenes suelen ser las parejas actuales o ex parejas de las personas acusadas, lo que involucra a novias/os, ex novias/os, esposas/os o exesposas/os.

Algunas características esenciales de esta clase de crimen son:

  • La víctima dio su aprobación para que la otra parte le tomara fotografías o videos ya sean íntimos o del encuentro sexual del cual formó parte.
  • Ambas partes habían convenido que las imágenes capturadas debían permanecer en privado, es decir no serían exhibidas a terceros.
  • La persona acusada por el crimen luego de capturar las imágenes o el video se dedicó a distribuir el contenido.
  • Tal acto generó angustia emocional o temor sobre la víctima.

Por otro, lado hay ciertas cuestiones que debe tener en cuenta:

  • Aun cuando la denominación que recibe el crimen incluye la palabra “venganza” la legislación no exige que la persona acusada haya actuado adrede o con el fin de vengarse, sino con la intención de humillar a la víctima, ocasionar daños psicológicos o emocionales o exponerla públicamente.
  • Cuando un caso involucra videos o imágenes en las que colabora no solo una persona, no es suficiente con que una de ellas dé su consentimiento, sino que se requiere la autorización de todas con el objeto de que el material pueda ser distribuido.
  • Se considera que el delito involucra violencia doméstica porque normalmente la víctima suele ser la pareja actual o anterior de la persona acusada.
  • Es probable que la víctima además padezca acoso o angustia emocional.
  • El Estado suele ser riguroso respecto a este tema, dado que su objetivo es prevenir los daños psicológicos que sufre la víctima, así como el peligro al cual se expone, además de ofrecer la protección necesaria y que amerita al quedar en estado de vulnerabilidad luego de haber sido expuesta al público.

A continuación se van a mencionar varios escenarios hipotéticos en donde es procedente una acusación basada en porno - venganza.

  • Un sujeto que filma el encuentro sexual que tuvo con su novia, contando con su aprobación, pero posteriormente decaen terminar la relación y él se ocupa de subirlo a instagram para que el público pueda verla y que se sienta humillada por decidir terminar con él.
  • Un sujeto que fotografía a su esposa desnuda, contando con su aprobación y al enterarse que le fue infiel movido por la ira sube las fotos al Facebook y otros sitios web incluyendo el número del celular de la chica.

¿Qué elementos deben configurarse para que un sujeto acusado por porno venganza sea declarado culpable?

Para que un sujeto acusado por el crimen en cuestión pueda ser declarado culpable por el Juez, es obligatorio que el fiscal demuestre que el mismo incurrió en una serie de elementos denominados “constitutivos del crimen” los cuales están rigurosamente estipulados por la ley, ya que de no ser así el caso debe ser descartado. Se debe hacer énfasis en que los elementos deben ser probados en su totalidad y no basta con demostrar que ocurrieron solo uno o algunos de ellos.

Tales elementos son:

  1. La persona acusada tenía imágenes de las zonas intimas de alguna otra persona que resulta identificable, o imágenes de tal persona sosteniendo relaciones sexuales, masturbación, copula oral, penetración sexual o sodomía.
  2. La persona acusada intencionalmente distribuyó la imagen íntima.
  3. Existía un convenio entre las partes involucradas de no exhibir a terceros las imágenes íntimas o de desnudos.
  4. La persona acusada estaba al tanto o debía haberlo estado respecto a que distribuir la imagen ocasionaría en la otra parte angustia emocional.
  5. La otra parte padece angustia emocional.

Ahora bien, para que tenga una mejor comprensión del asunto deben explicarse ciertas cuestiones:

La persona acusada tenía imágenes de las zonas intimas de alguna otra persona que resulta identificable, o imágenes de tal persona sosteniendo relaciones sexuales, masturbación, copula oral, penetración sexual o sodomía

Para comenzar debe saber que se utiliza el término zonas íntimas para hacer referencia a el ano, los genitales y en el supuesto de tratarse de una mujer sus pechos, en específico cualquier área ubicada debajo de la parte inicial superior de su areola. Considere que no se exige que una víctima se observe desnuda en la imagen, es suficiente con que puedan apreciarse sus zonas íntimas por medio de su vestimenta para poder afirmar que se distribuyó material contrario a la ley.

Por otro lado, cuando se hace mención de que la otra persona (víctima) debe resultar identificable, quiere decir que quienes observen el video o las fotos cargadas de contenido sexual, deben poder identificar o reconocer a quien participa en ellos, es decir la víctima.

La persona acusada intencionalmente distribuyó la imagen íntima

Respecto a este tema se entiende por distribución a todo acto desplegado por una persona con el fin de difundir imágenes o vídeos cargados de contenido explícito sexual. Al respecto, se efectúa este acto cuando una persona directamente publica tales imágenes o se ocupa de planificar o intencionalmente delegar a otro la tarea de difundir las imágenes. Un ejemplo de esto es enviar las imágenes a través de correos electrónicos o publicarlas en sitios web o páginas de internet.

En conclusión, se entiende configurado este elemento cuando alguna persona intencionalmente o adrede distribuye videos fotos donde exhibe a alguna otra realizando actos sexuales, o donde exhibe las zonas intimas de algún otro que resulta identificable.

Existía un convenio entre las partes involucradas de no exhibir a terceros las imágenes íntimas o de desnudos

Para que este crimen se entienda cometido se requiere que la persona acusada haya efectuado la distribución de imágenes que fueron captadas con el propósito de no publicarse o exhibirse a otras posteriormente, sino con la intención de mantener la privacidad e intimidad de los involucrados. Por ende, los participantes de la actividad sexual deben haber convenido mantener las imágenes como confidenciales. Respecto al convenio el mismo debe haber sido celebrado de forma explícita y expresa o se puede derivar del comportamiento implícito del otro participante.

La persona acusada estaba al tanto o debía haberlo estado respecto a que distribuir la imagen ocasionaría en la otra parte angustia emocional

Este elemento significa que el acusado debía tener conocimiento o haber presumido que al realizar la publicación de las imágenes podía perjudicar al otro participante (víctima) y causar angustia emocional. Esto es evidente porque casi ninguna persona quiere que otros vean imágenes donde se encuentra sosteniendo relaciones sexuales, actos sexuales mostrando sus zonas íntimas. Sin embargo, este elemento debe ser probado en juicio puesto que existen personas que sí están de acuerdo en divulgar imágenes de tal tipo.

La otra parte padece angustia emocional

A efectos que una persona acusada pase a ser declarada culpable por este crimen, el fiscal debe demostrar que una víctima sufrió angustia como resultado del hecho de que se hayan distribuido las imágenes. Tome en cuenta que este es un efecto normal, dado que las imágenes pueden llegar alcance de muchos otros debido a lo rápido que fluye la información por medio de los sitios web, redes sociales u otro medio masivo de difusión, lo que puede hacer que las imágenes sean vistas por parientes, o amigos de la víctima, dañando su reputación e imagen. Por ende, al verse la víctima en la penosa situación de no poder controlar lo que está ocurriendo se crea en ella un estado de angustia.

¿Cuáles situaciones no se consideran porno venganza?

Debe considerar que existen tres escenarios donde una persona está en posibilidad de llevar a cabo cierta conducta que quizás cumple los elementos exigidos para el crimen, pero que no se consideran en si porno venganza, tale situaciones son:

  • Cuando alguna persona acatando una orden emitida por la corte usa videos o fotos de encuentros íntimos o sexuales durante un juicio.
  • Durante el desenlace de los juicios públicos.
  • Durante el curso de un crimen perpetrado por otro. Lo ocurre por ejemplo en los casos donde un sujeto resulta víctima de algún crimen sexual y logra durante la situación grabar o quien comete el crimen o fotografiarlo, con la intención de denunciarlo posteriormente.

¿En qué casos no puede aplicarse la regulación 647, literal j, numeral 4 PC?

  • No puede aplicarse a aquellas personas que después de ver las imágenes que fueron previamente distribuidas o publicadas por otro, se ocupan de enviarlas, puesto que sólo resulta aplicable la norma a quien realizó la grabación.
  • No puede aplicarse a sitios web que se dedican a la porno venganza, lo que alude a aquellos que se dedican a publicar imágenes que fueron enviadas por otro para su posterior publicación.
  • No puede aplicarse a delincuentes informáticos o hackers ni a quienes se ocupan de sustraer videos o fotos de los dispositivos u ordenadores de otro con el propósito de difundirlo luego.

Tome en cuenta que si bien las personas involucradas en las conductas mencionadas no pueden ser condenadas por porno - venganza, si deben hacer frente a cargos penales por otros tipos de crímenes informáticos.

¿Cuáles son las condenas que pueden imponerse por porno - venganza?

Este tipo de crimen se juzga como menor y puede dar lugar a la imposición de las sanciones mencionadas adelante:

  • Encarcelamiento durante 6 meses como lapso máximo.
  • Pago de máximo 1.000,00$ por multa judicial

No obstante, la condena puede elevarse a:

  • Encarcelamiento durante 1 año como lapso máximo.
  • Pago de máximo 2.000,00$ por multa judicial

Cuando:

  • La víctima resulta ser menor de 18 años.
  • La persona acusada posee registros criminales por el mismo tipo de crimen.

Cuando el crimen se comete contra un cónyuge es posible presentar conjuntamente cargos por abuso doméstico. Además, durante un caso civil es posible ordenar el pago de una compensación por daños y perjuicios debido al estrecho vínculo que existe entre el crimen de evasión de la privacidad y la porno - venganza.

¿Una condena de esta índole afecta los derechos de armas de la persona involucrada?

No, puesto que dicha consecuencia sólo es aplicable cuando una persona es condenada por determinados crímenes graves y este no es el caso, ya que la porno venganza es juzgada como un crimen menor y por ende no afecta los derechos de armas del condenado.

¿Una condena de esta índole afecta los derechos migratorios de la persona involucrada?

No, puesto que dicha consecuencia sólo es aplicable cuando una persona es condenada por determinados crímenes graves o de vileza moral que pueden acarrear la deportación o declaración de inadmisibilidad del condenado y este no es el caso, ya que la porno venganza es juzgada como un crimen menor que no implica vileza moral y por ende no afecta los derechos migratorios del condenado.

¿Cuáles son las defensas disponibles para hacer frente a cargos por porno - venganza?

Quizás cuando se entere que la fiscalía levantó un acusación en su contra por porno venganza sienta temor y asuma que inevitablemente va a ser declarado culpable, sin embargo tal situación no tiene por qué ser así, dado que usted puede hacer todo lo que esté en sus manos por demostrar su inocencia ante la corte, pero para ello va a necesitar contratar lo antes posibles a un abogado que asuma su caso y se encargue de todo lo relativo a su defensa. ¿Por qué un abogado? Es muy sencillo, se trata de un experto en materia legal, que podrá analizar su situación y cuyos conocimientos y experiencias le permitan armas la táctica de defensa que mejor se adapte a su caso para posteriormente llevarla ante el Juez con el propósito de convencerlo de que los cargos deben ser descartados ya que usted es inocente.

Tome en cuenta que los argumentos de defensa más usados son:

La persona acusada no difundió las imágenes íntimas y/o el contenido sexual intencionalmente

Recuerde que es deber del fiscal demostrar que la persona acusada realizó la distribución del contenido sexual de manera intencional con la finalidad de que un Juez pueda condenar por porno venganza'', ya que de no ser así los cargos deben ser descartados. Por ende cuando el abogado logró demostrar durante un juicio que la intención de su representado nunca fue difundir las imágenes o contenido sexual los cargos presentados en su contra deben ser retirados.

No es posible identificar a la persona en las grabaciones o fotos

Una persona acusada solo puede ser condenada por porno venganza si la fiscalía demuestra que una víctima puede ser identificada claramente en el contenido pornográfico, por ende cuando ello no es posible los cargos deben ser desestimados.

La persona acusada no sabía que podía producir angustia emocional sobre la víctima

Que la persona acusada tenga conocimiento o deba haberlo tenido es otro requisito exigido para que se entienda configurado el crimen de porno venganza, por ende, si el abogado defensor logra demostrar que su representado desconocía o no tenía razones para pensar que su comportamiento podría causar daños emocionales o angustia a una víctima, dado que por el vínculo tan cercano que tenían pensaba que lo tomaría a modo de broma, los cargos deben ser descartados.

No se causó angustia o daño emocional a una víctima

Por lo general la consecuencia primordial de la porno venganza es que la víctima sufra angustia o daño emocional al ser expuesta indebidamente al público y verse afectada su reputación, lo que puede generar depresión, pero cuando no logra observarse señales de angustia o de sufrimiento en la víctima una persona acusada por tal crimen no podrá ser condenada.

La víctima dio su aprobación para que el contenido pornográfico fuera distribuido

Recuerde que el crimen de porno venganza solo se entiende cometido si el acto de publicar contenido sexual explícito se realiza sin el consentimiento de uno de los participantes. Por ende, si el abogado defensor logra demostrar que en realidad la víctima consintió que el material fuera publicado, los cargos deben ser desestimados. Esto se puede demostrar por medio de testigos que quizás hayan presenciado el convenio entre las partes.

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