De conformidad con el Art. 23136 VC, es un delito que un individuo menor de 21 años de edad maneje un vehículo con un BAC de 0.01% o mayor. Esta disposición es aplicable a todos los casos de consumo de bebidas que contienen alcohol. Pero no se limita a estas, ya que los medicamentos que contienen alcohol también pueden provocar que el conductor enfrente cargos por DUI de menores de edad. Por su parte, el Art. 23140 prohíbe que un conductor menor de 21 años maneje un vehículo con un BAC de 0.05% o mayor. Esta disposición suele denominarse DUI de menores de edad. Si usted o un ser querido enfrenta estos cargos, podemos ayudarlo a elaborar una defensa sólida para combatirlos.

Para evitar las graves consecuencias que pueden derivar de una condena por este delito, es necesario que contacte a un abogado, siendo su mejor opción el bufete California Criminal Lawyer Group, ubicado en San Jose, California, ya que estos profesionales se encargarán de ejercer la mejor defensa posible para que obtenga un resultado favorable.

¿En qué se diferencia el Art. 23136 del Art. 23140 VC?

Un individuo puede transgredir el Art. 23136 VC independientemente de que el alcohol haya afectado su manera de conducir o no. Este es también conocido como la norma de cero tolerancia para menores de edad que conducen habiendo consumido alcohol. Siempre que tenga un contenido de alcohol detectable en su sangre, puede quebrantar la norma de cero tolerancia, aunque su BAC sea menor que el límite legal.

Aunque la violación de esta regla no es un delito, puede acarrear la suspensión de su licencia de conducir por parte del DMV. La duración de dicha suspensión puede ser de un año si comete una primera ofensa conforme al Art. 23136 PC. Pero si tiene antecedentes por la violación de las reglas de cero tolerancia, una siguiente ofensa puede acarrear la suspensión de su licencia de 2 a 3 años.

Para determinar el grado de ebriedad, los oficiales de policía realizan una prueba de detección preliminar de alcohol; “PAS” por sus siglas en inglés. La policía practica esta prueba a un lado de la vía utilizando un dispositivo que es similar a un alcoholímetro, el cual detecta el contenido de alcohol en la sangre del conductor y determina el grado del mismo.

Luego del arresto, la policía confirma que estaba en estado de ebriedad al realizar una prueba química de DUI, aunque también puede realizar una prueba de aliento o alcohol para corroborar si el conductor estaba ebrio.

  1. Prueba de aliento. En el estado de California, la policía se basa en dos pruebas de aliento para determinar el nivel de ebriedad de los conductores. Estas son las siguientes:
  • Generalmente se practica una prueba preliminar de alcohol en la carretera durante la investigación por DUI o detención en el tránsito.
  • Una prueba de aliento probatoria generalmente se practica luego de un arresto por DUI. En la mayoría de los casos, esta prueba se lleva a cabo en un dispositivo de escritorio en la estación de policía. Sin embargo, en algunos casos la policía la realiza en un punto de control de DUI, en el cual el oficial la administra en una unidad móvil de policía.

La ley no requiere que los mayores de 21 años de edad se sometan a una prueba PAS, aunque sí es necesario que accedan a someterse a la prueba química. Sin embargo, si un conductor menor de esta edad se niega a someterse a una prueba PAS, esto será equivalente a negarse a la prueba química, lo cual acarrea la suspensión de su licencia de conducir, independientemente de que sea condenado por DUI o no.

La prueba PAS es un tipo de examen de sobriedad en el campo que ayuda a la policía a determinar si deben arrestar a un conductor menor de edad por conducir bajo los efectos del alcohol. Por su parte, una prueba posterior al arresto o probatoria es obligatoria para todos los conductores que han sido arrestados legalmente por DUI en California, y la policía debe realizarla, aunque el conductor se haya sometido a la prueba PAS.

  1. Prueba de sangre. Los conductores casi siempre tienen la oportunidad de elegir entre una prueba de aliento o una de sangre. Sin embargo, existen algunas excepciones en las que no podrán elegir entre estas. Estas son las siguientes:
  • Si la policía tiene una causa razonable para creer que el conductor está bajo la influencia de drogas. Es difícil detectar si el conductor ha consumido drogas con una prueba de aliento. Por lo que, si la policía sospecha de esto, es posible que recomienden realizar una prueba de sangre.
  • Si un conductor está inconsciente o ha fallecido, es posible que la policía practique una prueba de sangre en vez de una de aliento.
  • Si un conductor menor de edad es admitido a un centro médico donde no tienen disponible el equipo para la prueba de aliento, es posible que la policía se vea obligada a realizar una prueba de sangre.

Cabe destacar que, cuando se permite decidir entre una prueba de aliento o sangre, la mayoría de las personas optan por la prueba de aliento ya que es menos invasiva y sus resultados son rápidos.

Algunos conductores no pueden someterse a una prueba de aliento de DUI, como aquellos que tienen ciertas enfermedades como asma o enfisema, ya que pueden tener dificultades para realizarla.

¿Cuáles son las sanciones según el Art. 23140?

Este hecho punible constituye una infracción, la cual es considerada una ofensa menor que los delitos menores o mayores. Por lo que, si es condenado, no le será impuesta una pena de cárcel sino otras sanciones, las cuales suelen ser las siguientes:

  • La suspensión de su licencia de conducir por un año si es la primera vez que comete el delito.
  • Una multa máxima de $100 si es la primera vez que comete el delito.
  • Si es condenado luego de cumplir los 18 años de edad, el tribunal puede imponer un programa educativo sobre drogas y alcohol obligatorio por 3 meses o más.
  1. Los conductores menores de edad que son acusados de DUI de adultos o estándar. En algunos casos, un conductor menor de edad también puede enfrentar cargos por DUI estándar en virtud del Art. 23152 (a) PC si su capacidad de conducir estaba afectaba o debilitada debido al consumo de alcohol. También es posible que le imputen cargos conforme al Art. 23152 (b) si tiene un BAC de 0.08% o mayor. El DUI de adultos es un delito menor. Si es la primera vez que lo comete y alguien resulta herido, se impondrán las siguientes sanciones:
  • Suspensión de su licencia de conducir por un año.
  • Libertad condicional para delitos menores de 3 a 5 años.
  • Multas de entre $390 y $1.000.
  • Un programa educativo de drogas y alcohol que puede durar entre 3 y 9 meses.
  • En algunos casos, el tribunal puede imponer una pena de cárcel no mayor a 6 meses.
  1. Otros cargos que puede enfrentar un menor de edad. También es posible que al menor se le imputen cargos adicionales de DUI de adultos, los cuales son los siguientes:
  • DUID (DUI de drogas) conforme al Art. 23152 (f).
  • DUI que causa lesiones, según el Art. 23153 VC.
  • Homicidio vehicular bajo la influencia, consagrado en el Art. 191. 5 PC.
  • Asesinato por DUI o asesinato de Watson. Art. 187 PC.

¿Cuáles son las consecuencias de no someterse a una prueba de aliento?

No someterse a una prueba preliminar de alcohol o a una prueba posterior al arresto es castigado con la suspensión de su licencia de conducir por un periodo no menor a 1 año.

El DMV de California puede suspender su licencia por 2 años o incluso más si el conductor tiene una o más condenas por negarse a someterse a una prueba química de DUI, una condena por conducción imprudente con presencia de alcohol conforme al Art. 23103.5 VC, o una condena previa por DUI.

¿Cómo impugnar la suspensión de la licencia de conducción?

Cuando su licencia de conducción es suspendida, usted tiene derecho a defenderse, aunque esta sanción se haya impuesto como consecuencia de su negación a someterse a una prueba química. Para ello, debe solicitar una audiencia de DMV para discutir la suspensión.

Es importante destacar que esta audiencia tiene el propósito de determinar si su licencia debe ser suspendida, pero no está garantizada ni es automática. Por lo que debe ser asistido por un abogado que puede guiarlo sobre el proceso del DMV. Además, es necesario que solicite esta audiencia en los 10 días siguientes a la suspensión de la licencia o después de negarse a someterse a una prueba química.

En la mayoría de los casos, la audiencia se realiza por vía telefónica. Sin embargo, usted puede solicitar que esta se lleve a cabo de forma presencial. Cabe destacar que no es necesario que usted asista personalmente, ya que su abogado puede estar presente en la misma y representarlo en todos los trámites.

Luego de un arresto por este delito en el estado de California, el policía que efectúa el arresto confisca su licencia de conducir y emite una notificación de suspensión, la cual reemplaza su licencia durante 30 días. Además, este documento informa al conductor que tiene derecho a que se realice una audiencia de DMV en los 10 días siguientes al arresto.

Si usted no solicita la audiencia en este periodo, su licencia será suspendida automáticamente en los 30 días siguientes al arresto. No obstante, puede solicitar que la misma sea reestablecida de la siguiente forma:

  • Inscribiéndose en una institución educativa de DUI.
  • Presentando un formulario de seguro SR-22.
  • Pagando un arancel de restablecimiento de $125.
  • Instalando un IID en su vehículo.

Si usted solicita esta audiencia dentro del plazo mencionado, se postergará la suspensión de su licencia hasta que se dicte la decisión de la audiencia. SI gana, entonces no será suspendida. Es crucial que contacte a un abogado inmediatamente después del arresto para prepararse para esta, ya que el abogado ejercerá la mejor defensa posible durante la misma para que obtenga un resultado favorable.

Generalmente, estas audiencias son menos complejas que un proceso judicial, y la carga probatoria o la evidencia necesaria para probar su culpabilidad es menor a la necesaria en un tribunal. Además, esta audiencia no se realiza en el tribunal sino en una oficina o por teléfono. Pero a pesar de su informalidad, usted tiene los siguientes derechos:

  • Tiene derecho a ser representado por un abogado.
  • Tiene derecho a refutar o revisar las evidencias presentadas en su contra.
  • Tiene derecho a presentar y citar testigos, incluyendo al oficial que llevó a cabo el arresto.
  • Tiene derecho a testificar en su nombre.
  • El derecho a contrainterrogar a los testigos.

Debe tener en cuenta que existen ciertos factores que pueden influir en el resultado de la audiencia, los cuales son los siguientes:

  • Si el policía que efectuó el arresto tenía una causa probable para creer que usted estaba conduciendo el vehículo en estado de ebriedad.
  • Si el policía que lo arrestó tenía un motivo legal para arrestarlo.
  • Si cuando ocurrió el arresto, el contenido de alcohol en su sangre era de 0.08% o mayor.

¿Qué ocurre después de la audiencia?

Si gana la audiencia, se cancelará la suspensión de su licencia. No obstante, aún tiene posibilidades de seguir manejando, ya que puede solicitar una licencia restringida, salvo que la suspensión se haya debido a que se negó a someterse a una prueba química. Con la ayuda de su abogado, también puede interponer un recurso de apelación contra la decisión del oficial del DMV, para lo cual debe presentar una solicitud y pagar $120. Cabe destacar que la apelación debe ser presentada en los 15 días siguientes a la decisión del DMV.  También puede recuperar su licencia si paga un arancel de restablecimiento de $125 al DMV de California, o al presentar prueba de responsabilidad financiera, y mantenerla por 3 años.

¿Los menores de edad pueden obtener una licencia restringida?

Un conductor menor de edad puede obtener una licencia restringida, la cual es similar al permiso de aprendizaje. Con esta, puede conducir desde y hacia la escuela o el trabajo, especialmente si no tiene otros medios de transporte. Sin embargo, no calificará para obtener una licencia restringida si su licencia de conducción fue suspendida debido a que se negó a someterse a una prueba química.

¿Cómo puede defenderse?

Luego del arresto, su abogado puede ayudarlo a elaborar una defensa sólida contra los cargos en su contra. Algunas de las defensas más comunes en estos casos, son las siguientes:

  • Usted no condujo el vehículo. Puede alegar esta defensa si nadie lo vio manejando el vehículo, incluyendo al policía. En algunos casos, ni la policía ni las personas alrededor observan la comisión del delito. Además, si el vehículo se avería o se produce un accidente, la policía llega al sitio luego de que el sospechoso se ha detenido, por lo que es posible que ya no esté en su vehículo. Si no pueden demostrar que usted era quien manejaba, es posible que se retiren los cargos.

Por otra parte, es necesario que la fiscalía demuestre ante el tribunal que usted condujo el vehículo en estado de ebriedad para acusarlo por DUI de menores de edad. Aunque es posible enfrentar estos cargos aunque la policía no lo haya visto conduciendo, no será condenado si la fiscalía no logra probar que usted condujo estando ebrio.

  • Falta de causa probable para la detención y arresto por DUI. Otra defensa útil consiste en alegar que la policía no tuvo una causa probable para detenerlo y posteriormente arrestarlo. En este sentido, la policía únicamente puede detener el vehículo o arrestar a un conductor por conducir en estado de ebriedad, si existe una causa que lo justifique. La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos prohíbe que la policía someta a los sospechosos a búsquedas e incautaciones ilegales. Por lo que un oficial de policía no puede detener su vehículo sin una causa probable, sino que los hechos deben haberlo hecho sospechar razonablemente que usted estaba cometiendo un delito.

Es importante destacar que la existencia de una causa probable no significa que el oficial debe sospechar que usted está bajo los efectos de alcohol o drogas, ya que el oficial puede detenerlo debido a la violación de una norma de tránsito, y luego percatarse posteriormente de que usted está en estado de ebriedad.

Sin embargo, existe una excepción al requisito de la causa probable, ya que, si un policía detiene un vehículo en un punto de control de DUI, no es necesario que tenga una causa probable. Sin embargo, es necesario que tenga una causa probable para comenzar una investigación por DUI una vez que lo detiene, la cual comienza cuando la policía sospecha que el conductor estaba en estado de ebriedad. Cabe destacar que su abogado puede ayudarlo a combatir los cargos si la policía no tenía una causa probable para detener su vehículo.

  • El policía que lo arrestó y realizó la prueba no siguió los procedimientos correctos. Puede combatir los cargos de DUI de menores de edad si piensa que el policía que lo arrestó y realizó la prueba no cumplió con el procedimiento establecido en la ley. En este sentido, existen una serie de normas y procedimientos que regulan de qué forma la policía debe llevar a cabo las pruebas de aliento, sangre, y orina. Debido a que el fiscal presentará los resultados para imputar los cargos en su contra, usted y su abogado puede cuestionar la credibilidad de los resultados si el policía incumplió con el Título 17.
  • Los resultados positivos del BAC se debieron al aumento del alcohol en su sangre. Usted también puede alegar que los niveles elevados del BAC se debieron al incremento del alcohol en su sangre, ya que estos pueden continuar elevándose incluso después de que ha dejado de consumir alcohol. Una vez que se consume una bebida con alcohol, los niveles de alcohol en la sangre incrementan rápidamente hasta que alcanzan el límite, lo cual suele producirse dos horas después de dicho consumo. Por lo tanto, puede alegar que cuando estaba conduciendo, el nivel de alcohol en su sangre estaba por debajo del límite legal, pero había aumentado cuando se realizó la prueba.
  • Padecimiento de ciertas afecciones. Si padece ciertas afecciones como reflujo gastroesofágico (ERGE) o una hernia hiatal, es posible que se produzcan resultados falsos. Por ejemplo, aunque ha consumido una bebida con alcohol, su BAC no está cerca de 0.05%, el cual es el límite legal para un conductor menor de edad. Sin embargo, una vez que se realiza la prueba, los resultados indican que ha excedido significativamente este límite. En estos casos, los resultados pueden deberse a una enfermedad como las mencionadas anteriormente. Estas suelen causar que el ácido estomacal se devuelva al esófago, el cual conecta la garganta con el estómago. Por lo que, si hay alcohol en su estómago, puede provocar una concentración de alcohol en la boca, de lo cual derivan resultados falsos. Es por esto que, si padece una enfermedad que sea capaz de afectar el resultado de la prueba, puede combatir los cargos con esta defensa.
  • Tenía alcohol en la boca de otra fuente. Si usted consume o regurgita una sustancia que contiene alcohol, es posible que queden restos de este en su boca, lo cual puede conducir a un resultado falso.

Algunas sustancias que pueden causar que esto ocurra incluyen ciertos medicamentos, enjuague bucal, y trabajos dentales. Si tiene resultados de BAC altos debido a la presencia de restos de alcohol de otras sustancias, su abogado puede impugnar los resultados de la prueba.

Es importante destacar que estas no son las únicas defensas que su abogado puede alegar para lograr que no sea condenado. Otras defensas comunes incluyen el mal funcionamiento del alcoholímetro, que la policía no le haya informado sobre sus derechos durante el arresto y las pruebas, que se encontrara en una dieta baja en carbohidratos o alta en proteínas, o que una persona incompetente haya realizado la prueba.

¿Cómo puedo encontrar abogados penalistas cerca de mí?

Si ha sido arrestado por DUI en menores de edad, debe contactar inmediatamente a los abogados de California Criminal Lawyer Group, ubicado en San Jose, California. Nuestros profesionales tienen experiencia protegiendo los derechos de individuos acusados de este hecho punible y ejerciendo una defensa idónea, con la cual es posible lograr que sus cargos se reduzcan o sean retirados. Además, lo representarán durante la audiencia administrativa para evitar que su licencia sea suspendida.

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