El ilícito de conducción imprudente admitiendo que consumió sustancias embriagantes es una forma de señalar un cargo menor que podrá obtenerse mediante un acuerdo con el fiscal, cuando una persona es acusada por DUI bajo efectos del alcohol. Frente a este escenario, será la parte acusadora quien deberá retirar los cargos por DUI más severos, como contraprestación a que el sujeto acepte que fue culpable de un ilícito de imprudencia temeraria, cuyas sanciones son menos severas.

Esta acción imprudente que también puede calificarse como un tipo de conducción temeraria, se conoce como “wet reckless” por sus siglas en inglés, y se refiere a una reducción de cargos que está señalada en la disposición 23103.5 CV, la cual se sanciona con prisión y pago de multas, pero estas penalizaciones serán menos severas que las impuestas por DUI bajo la influencia del alcohol. Se refiere a un tipo de convenio que generalmente se brinda a los individuos que perpetraron un DUI en una primera ocasión. También, es probable que sea ofrecida a la persona que perpetró en una segunda ocasión un hecho ilícito de DUI si está en las posibilidades del fiscal perder el proceso judicial, como sería que se demuestre que existieron faltas en el proceso de detención del acusado o la investigación por DUI, o simplemente que en las circunstancias del ilícito concurrieron atenuantes particulares.

En cualquier caso, para obtener este tipo de convenios en San Jose, CA, se necesita de la asistencia de un buen abogado especializado en el área, quien se encargue de analizar cómo sucedió el hecho, las actuaciones de la policía, y si la acusación por el ilícito de DUI posee debilidades para evaluar una posible oferta por parte del Fiscal. No dude más, el equipo legal del escritorio jurídico California Criminal Lawyer Group (San Jose), está dispuesto a ayudarle y lograr que obtenga una reducción de los cargos de DUI a una por conducir de manera imprudente aceptando el consumo de bebidas embriagantes. ¡Llame ahora mismo!

¿Cuál es la diferencia entre DUI y este tipo de conducción imprudente?

Formar parte de este ilícito de conducción imprudente vinculada con el abuso del alcohol, puede obtener una infinidad de nombres o denominaciones legales, entre los más destacados Wet Reckless, DUI, y DWI.

En relación a la “Wey reckless” se refiere a una disminución de los cargos que es autorizada por la disposición 23103.5 VC. Generalmente, se oferta en una situación donde se justifica una disminución de la acusación por el ilícito establecido en la norma 23152 VC en el supuesto de operar el automóvil bajo las influencias o con niveles de alcohol en el torrente sanguíneo igual o mayor a 0,08%, esto se conoce como DUI.

Por su parte, el conducir imprudentemente habiendo ingerido alcohol no se considera una acusación mediante la cual una persona pueda ser arrestada, ya que solo es un concepto utilizado para una situación de conducción temeraria en la que la consecuencia fue un acuerdo de disminución de cargos del ilícito de DUI en contraprestación de obtener una declaración de culpabilidad, en esta nota se incluirá que existió ingesta de alcohol o drogas por el conductor.

En otras palabras, este cargo se realizó con el fin de brindar a los sujetos acusados por DUI el incentivo, para llegar a un convenio con el fiscal por disminuir sus cargos, retirando así la acusación por el delito de DUI, siempre y cuando el detenido posea una buena defensa legal o si el fiscal considera que hay alguna debilidad en la acusación presentada, de forma que, este individuo se declarara responsable de operar su automóvil de manera imprudente luego de consumir alcohol.

También, es importante tener claro que aceptar o no este acuerdo dependerá de las circunstancias en que acontecieron los hechos, específicamente de que el sujeto posea en su prontuario criminal una sentencia previa por DUI o al tratar de conducir de forma imprudente mientras consumía alcohol en los 10 años anteriores al instante que se presentan los últimos cargos. Otro de los aspectos que deben tenerse presentes es que estos ilícitos perpetrados en los 10 años sucesivos a su primera ofensa, tiene como consecuencia un aumento de la pena por reincidencia.

¿Debe el sujeto acusado aceptar el convenio de responsabilidad o culpabilidad por el hecho ilícito expuesto en el artículo?

El aceptar la culpabilidad por un cargo de conducción imprudente, puede ser un convenio provechoso según las particularidades de la situación legal. Particularmente, esto depende de que la persona posea antecedentes penales por el ilícito de DUI o el hecho delictivo de conducción imprudente. Vale la pena mencionar que se consideran los antecedentes criminales de este tipo de ilícitos hasta por los 10 años preliminares al instante en que fue perpetrada la nueva acción ilícita relacionada con operar bajo la influencia de sustancias embriagantes o drogas. Además, como se refiere a un delito prioritario, cada condena nueva en este lapso de 10 años conlleva un aumento de la pena.

Por otra parte, entre los beneficios de aceptar el convenio de culpabilidad por el ilícito de conducir de forma imprudente, en lugar de ser juzgado por el delito de DUI, son los siguientes:

  • Régimen de libertad vigilada por menos tiempo.
  • Multas menos onerosas.
  • Una condena con una sanción a prisión más reducida.
  • Ir a un taller o escuela de DUI por un lapso menor.
  • Posiblemente gozará de menos efectos respecto a la licencia profesional.
  • No se obliga al acusado a colocar en el auto un dispositivo de bloqueo para encender el vehículo, a menos que el DMV decida suspender de forma administrativa el permiso del individuo, sin importar lo señalado por el Tribunal y se ordene que sea instalado el IID para que la persona pueda continuar operando su automóvil.
  • Un menor tiempo en la cárcel para aquella persona que tenga antecedentes criminales por DUI previos.
  • El tribunal no suspenderá la licencia de conducción del acusado.

A continuación, se explicarán cada uno de los elementos calificados como beneficios al momento de lograr un acuerdo de este tipo con el fiscal.

Régimen de libertad vigilada por menos tiempo

En caso de que un individuo sea condenado a un régimen de libertad vigilada en el Estado por DUI, el periodo que quedará bajo esta medida es de 3 hasta 5 años. Sin embargo, el régimen por el cargo de conducción imprudente generalmente tiene una duración de 1 y 2 años, en esta situación es probable lograr otro tipo de ventajas adicionales, como pasar menos tiempo para pedir que sean eliminados los antecedentes penales del sujeto, para lograr un acceso a empleos mejores.

Multas menos onerosas

Al referirse a un ilícito de menor severidad, las multas a imponer por el delito de conducción imprudente suelen ser menores a aquellas impuestas por el hecho ilícito de DUI, de hecho, las multas por este último será al menos la mitad de las establecidas por DUI.

Una condena con una pena a prisión más reducida

En relación a la sanción máxima por un cargo de conducción imprudente al que se hace referencia es de 90 días. Esto difiere de una pena a prisión por DUI cuya sanción máxima de cárcel es de 6 meses, si se trata de una primera oportunidad que comete la acción delictiva, en la segunda o tercera oportunidad en la que se lleva a cabo será de 1 año.

Asimismo, otro de los beneficios puede que se le señala un régimen de libertad vigilada más corta que nunca debe incumplirse, ya que, si el sujeto lo realiza podrá sufrir cargos por un ilícito autónomo e independiente que es el quebrantamiento de la libertad condicional, que será procesado en una audiencia judicial, teniendo el riesgo de que su beneficio se vea revocado y tenga que cumplir la sanción original en la cárcel.

Ir a un taller o escuela de DUI por un lapso menor

En caso de tener una primera sentencia por conducir de forma imprudente después de consumir bebidas embriagantes va a conllevar el deber de ir a una institución o escuela de reeducación sobre el uso de bebidas alcohólicas por un tiempo de 6 semanas, por su parte, en el cargo por el ilícito de DUI por un tiempo mínimo de tres meses.

Ahora bien, en el escenario de reincidencia por el ilícito de conducir de manera imprudente, el lapso que deberá asistir a estos programas es de 9 meses, por su parte, en la reincidencia de DUI puede tardar entre dieciocho y treinta meses.  

Menos efectos respecto a la licencia profesional

El resultar condenado por conducir imprudentemente generalmente tendrá un efecto menor respecto a la licencia profesional de la persona, a diferencia de la que conlleva una condena por el ilícito de DUI en California. Tanto así, que una condena de DUI puede originar una audiencia sobre la licencia profesional del sujeto, en particular en aquellos casos donde sea médico, abogado, veterinario, docente, o farmacéutico, sin embargo, esto no significa que de forma obligatoria verá suspendida su licencia, pero sí deberá dar una buena explicación sobre su acción a la junta de licencias.

Por otra parte, no hay lugar a comenzar una investigación por la junta de licencia en una sentencia condenatoria por el hecho ilícito de conducción imprudente que se explica en esta guía.

No se obliga al acusado a colocar en el auto un dispositivo de bloqueo para encender el vehículo

Vale la pena señalar que, sin considerar la decisión dada por el Tribunal, el departamento vehicular puede establecer la suspensión administrativa del permiso de conducir del condenado y pedirle que coloque un dispositivo de bloqueo para que tenga derecho a seguir conduciendo. No obstante, el simple hecho de que el fiscal tenga la disposición de disminuir los cargos podrá ayudarle a la persona a poder defenderse en esta audiencia ante el departamento para que no sufra la suspensión de la licencia de conducir.

Otro de los aspectos relevantes se refiere a que el conducir de manera imprudente no significa la suspensión obligatoria del permiso de conducción de índole comercial salvo que se agreguen puntos al registro de conducción del sujeto en el ente superen el señalado legalmente, por su parte, si los cargos se relacionan con DUI, dicha licencia se suspenderá de manera obligatoria.

En relación a una sentencia por conducir de forma negligente agregara dos puntos a su registro de conducir de una persona si estaba operando el auto normal y la licencia es tipo C estándar. De manera que, de acuerdo a la norma 12810.5 literal (a) este tipo de licencias pueden ser objetos de suspensión si el dueño acumula puntos según estas normas:

  • Cuatro puntos o más en un lapso de doce meses
  • Seis puntos o más en un lapso de veinticuatro meses
  • Ocho puntos o más en un lapso de treinta y seis meses

Nota: En este Estado es obligatorio colocar el dispositivo de bloqueo de encendido del auto luego de condenas previas por DUI. Pero, con una sentencia por conducir de manera imprudente está deber de colocarlo o no quedará a discreción de la Corte.

Un menor tiempo obligatorio de prisión para aquella persona que tenga antecedentes criminales por DUI previos

El ilícito de conducción imprudente generalmente conlleva un tiempo menor tras las rejas que una pena a prisión por DUI estando bajo los efectos del alcohol. La principal diferencia será cuando el sujeto posea uno o diversos antecedentes por este tipo de ilícitos en su prontuario criminal.

El lapso mínimo de tiempo que deberá pasar el sujeto en prisión en un caso de reincidencia en ilícitos de DUI son:

  • Segunda acusación por DUI: Un mínimo de noventa días de prisión
  • Tercera acusación por DUI: Un mínimo de ciento veinte días de prisión

Por su parte, vale la pena advertir que este tiempo mínimo tras las rejas se fundamenta en la normativa que reglamenta el ilícito de DUI, aunque varias leyes locales pueden establecer un tiempo superior tras las rejas en una situación de reincidencia.

Ahora bien, al hacer una comparación con la conducción imprudente se puede apreciar que el tiempo mínimo por una pena en prisión en este hecho es de 5 días. Dicho tiempo mínimo es el que se establece sin tener en consideración la existencia previa de antecedentes penales por conducción imprudente o DUI del procesado.

De manera que, un sujeto reincidente por DUI puede prevenir pasar varios meses en la cárcel si celebra un acuerdo de responsabilidad por el ilícito de conducción imprudente bajo los efectos del alcohol.

El tribunal no suspenderá la licencia de conducir del acusado

A distinción de un ilícito de DUI, el conducir de forma imprudente no posee como efecto que se suspenda de manera automática la licencia de conducción del sujeto. Mientras que, los cargos por DUI conduce inmediatamente a la suspensión de la licencia en los siguientes tiempos:

  • 6 meses si se refiere a la primera ofensa por el ilícito de DUI.
  • 2 años si se refiere a la segunda ofensa por el delito de DUI.
  • 3 años si se trata de la tercera ofensa por el ilícito de DUI.

¿Qué proceso debe seguirse para que se disminuya una acusación por el ilícito de DUI a una por conducir de forma imprudente habiendo ingerido alcohol?

Si de acuerdo a los consejos del profesional del derecho, este concluyó que la decisión más apropiada para su cliente es aceptar el convenio, se tienen que realizar ciertas diligencias previas y esperar a que la Fiscalía realice la oferta. Algunas de las diligencias previas pueden incluir que el abogado pueda encontrar cualquier debilidad en la acusación presentada por el Fiscal y notificarle a esta parte que las encontró, entre las que se puede incluir: Que los niveles de BAC del sujeto sean bajos, que el sujeto actuó de manera respetuosa mientras se dio su detención, y por último el tiempo que transcurrió hasta que el instante en que el fiscal esté preparado para presentar la situación legal ante el Tribunal. Cada uno de estos argumentos se considera como suficiente para convencer a la Fiscalía de la necesidad de ofrecer una disminución de los cargos.

Una vez que la parte de la defensa y el fiscal logren un acuerdo respecto al convenio de culpabilidad por esta clase de condición imprudente, el Tribunal igualmente debe dar su aceptación al mismo, en esta situación el procesado se tendrá que declarar como culpable del cargo disminuido o solo no presentara oposición a la acusación por el ilícito de conducción imprudente, y justo en ese instante en que el Tribunal desestime la acusación por DUI, notificará al DMV respecto a su decisión.

Este procedimiento está señalado en la norma 23103.5 VC, y dispone lo mencionado a continuación: Frente al escenario de que el fiscal logre un convenio de culpabilidad o de que el sujeto no realice oposición a la acusación por incumplir el artículo 23101 a cambio de una disminución de su cargo original por quebrantar la disposición 23152, el fiscal tendrá que declarar y dejar constante en el respectivo registro del Tribunal si en las circunstancias se vio inmerso el consumo de alcohol o drogas por parte del individuo acusado.

¿Cómo puede un sujeto acusado por el delito de DUI lograr un convenio de culpabilidad por conducir de forma imprudente estando en presencia de bebidas embriagantes?

En principio, las normativas de California no prohíben obtener un convenio para establecer la responsabilidad de un sujeto en una situación legal de DUI, sin embargo, sí existen ciertas restricciones que son aplicables, de forma que, este tipo de acuerdos solo se admitirán en los siguientes escenarios:

  • Las evidencias son débiles y la fiscalía no logró comprobar el cargo por el delito de DUI.
  • No se puede lograr la declaración de los testigos claves en la acusación,
  • El convenio no significa una modificación importante de la decisión.

De igual forma, se requiere que el fiscal que logra un acuerdo para disminuir los cargos por DUI a el ilícito de conducción imprudente, le exponga a la Corte los motivos por los cuales llegó a tal acuerdo. También, el fiscal debe informar si en el hecho se vio inmerso el consumo de alcohol o sustancias, junto con las particulares que comprueben ese hecho. En resumen, es posible concluir que el fiscal está dispuesto a lograr un acuerdo de este tipo cuando el caso posee fallas y según cual sea, es probable que, el sujeto obtenga un resultado más favorable si contradice los cargos en un juicio penal ante la Corte que aceptar el convenio, pero todo ello dependerá de la opinión certera y con experiencia de un buen abogado que se encargue de defender al procesado.

¿Qué inconvenientes conlleva aceptar una sentencia por este ilícito de conducción temeraria?

Se debe informar que ciertos aspectos de una sentencia condenatoria por este tipo de conducción temeraria obtienen las mismas sanciones que si se recibió una sentencia por el ilícito de DUI. Algunos de estas son las siguientes:

  • Puede que su licencia sea suspendida admirativamente por parte del DMV.
  • Se considerarán los antecedentes penales frente a una acusación próxima por DUI.
  • Agrega dos puntos de operador negligente en el registro del DMV del acusado.
  • Es posible que se considere de igual manera que una sentencia por DUI para las compañías aseguradoras de automóviles.
  • Contar con un antecedente de este ilícito de conducción conlleva a ser analizado y preguntado por posibles empleadores en un nuevo puesto de empleo.

¿Cómo puedo obtener asistencia de un abogado experto en este tipo de conducción imprudente cerca de mí?

Si se ve envuelto en una acusación relacionada con el ilícito de DUI en San Jose, CA, es fundamental que trate de prevenir las consecuencias negativas que una sentencia condenatoria de este tipo puede conllevar a su vida diaria, que puede incluir tener que ir un tiempo considerable a prisión, el pago de multas onerosas, y sufrir la suspensión de la licencia de conducción por un lapso considerable. Para ello, requerirá la ayuda legal de un buen abogado del escritorio jurídico California Criminal Lawyer Group (San Jose), quien se encargará de estudiar los hechos particulares del caso y establecer las posibles debilidades de la acusación de la fiscalía, para que se logre un acuerdo de disminución de cargos al ilícito de conducción imprudente aceptando la presencia del alcohol, la cual conlleva sanciones menos graves.

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