Cuando un menor de edad es arrestado, puede ser difícil para él y sus seres queridos. Además, esta experiencia puede someterlo a un trauma psicológico, lo cual puede perdurar durante toda su vida. Asimismo, la ley responsabiliza a los menores de edad por sus actos delictivos y la mayoría de estos casos son juzgados en el tribunal de menores, mientras que, únicamente los delitos más graves son juzgados en tribunales de mayores de edad.

Debido a los efectos a largo plazo que el procedimiento judicial en el tribunal de menores puede tener en su hijo, debe contar con un abogado que comprenda el proceso del tribunal de menores. Aunque la mayoría de las medidas impuestas por el mismo tienen el propósito de rehabilitar el comportamiento del menor y no tienen efectos en su adultez, es importante que sea cuidadoso.

Un abogado competente y con experiencia se esforzará para garantizar que su hijo reciba las sanciones menos severas, como la libertad condicional. En California Criminal Lawyer Group, ubicado en San Jose, California, le brindaremos el mejor servicio para asegurarnos de que su hijo reciba el mejor resultado posible.

¿Qué es un tribunal de menores?

Cuando un menor de edad quebranta la ley, el tribunal lo ve como un acto delictivo. El tribunal de menores evalúa los casos de menores y se asegura de que el joven reciba orientación y rehabilitación. Asimismo, los tribunales de menores manejan las audiencias de los casos de violaciones del toque de queda y cargos por delitos menores o mayores que involucran menores hasta los 17 años. Sin embargo, en ciertas circunstancias la ley juzga al menor en un tribunal de adultos, lo cual es decidido por el juez cuando el joven comete sodomía, violación mediante fuerza, asesinato, copulación oral forzada, amenazas de causar un daño corporal significativo, penetración sexual forzada, incendio provocado que provoca lesiones corporales graves, robo, secuestro con la intención de cometer un robo, secuestro para cobrar el rescate, asalto utilizando un arma de fuego, robo de vehículos o tortura. Así como también, si se ha fugado de un correccional de menores, rancho, o campamento; causándole una lesión corporal significativa a un empleado del mismo.

Uno de los aspectos más positivos sobre el procedimiento en el tribunal de menores es que únicamente existe un juez, un fiscal, y el abogado defensor del menor. Además, el procedimiento es confidencial con la finalidad de proteger al menor.

Por su parte, el fiscal imputará los cargos contra el joven, y si logra probar por encima de la duda razonable que éste cometió el delito, el juez sostendrá la petición. Esto se debe a que, a diferencia del proceso penal, el acusado no es declarado culpable o inocente.

Luego de la audiencia sobre el caso, el juez puede sentenciar al menor a un periodo determinado en un correccional, o le ofrecerá una libertad condicional informal dependiendo de cómo el joven responda a las acusaciones en su contra. Si este no confiesa haber cometido el delito, el juez ordenará que cumpla con un programa de libertad condicional y retirará los cargos presentados en su contra una vez que lo finalice.

El principal objetivo de este tribunal es rehabilitar al menor, de manera que corrija sus errores para que estos no lo afecten en la adultez. Para lograrlo, el juez puede declararlo un pupilo del tribunal, lo cual le concede al tribunal la responsabilidad por el cuidado y control del menor. Cabe destacar que esto no impide que el menor pueda cumplir con su libertad condicional en el hogar.

La diferencia principal entre el tribunal penal para adultos y el tribunal de menores es que el primero de estos tiene el objetivo de castigar al delincuente. En contraposición, el principal objetivo de los tribunales de menores es lograr rehabilitar al menor. Sin embargo, la ley establece que un menor que quebranta la ley debe ser educado y disciplinado, por lo que sus acciones no quedan impunes, sino que reciben rehabilitación y asesoría para que puedan integrarse adecuadamente a la sociedad. Para lograrlo, el tribunal dictará una sentencia que tiene el propósito de garantizar que el menor modifique su comportamiento y se dé cuenta del error que ha cometido.

¿En qué consiste el procedimiento de este tribunal?

El proceso del tribunal de menores no es tan diferente al del tribunal penal para adultos, ya que una vez que el joven quebranta la ley, los oficiales de policía proceden a arrestarlo, de manera que este es el primer acto del proceso. Dependiendo de la gravedad de los delitos por los que esté siendo acusado, el policía que efectúa el arresto puede optar por reprenderlo y liberarlo sin involucrar al tribunal.

Pero si el delito es grave, el policía que lo arresta puede optar por llevarlo a las oficinas de libertad condicional, o permitirle regresar a su casa previa entrega de una citación para que comparezca ante el tribunal en una fecha específica.

¿Qué ocurre en el centro de detención de menores?

Si la policía lleva a su hijo al centro de detención de menores, debe tener en cuenta que este es dirigido por un oficial de libertad condicional, el cual tiene la discreción de decidir si el menor debe permanecer en este lugar. Una vez que sea admitido, el oficial interrogará a su hijo y realizará cualquiera de los siguientes actos:

  • Liberará al joven para que este pueda irse a su hogar bajo un programa de libertad condicional que no requiere que comparezca ante el tribunal salvo que no cumpla con los términos de la misma.
  • Liberará al menor para que se vaya a su hogar, pero le entregará una citación para que comparezca en el tribunal en una fecha posterior.
  • Mantendrá al joven en el centro de detención de menores hasta que el juez evalúe su caso.

¿Qué ocurre en las audiencias?

El procedimiento en el tribunal de menores consta de las siguientes audiencias:

  • Audiencia de detención. En esta audiencia, el juez decide si lo más conveniente para el joven es que pueda irse a su casa bajo una medida de libertad condicional o si debería cumplir con cierto periodo en el centro de detención de menores mientras se resuelve el caso en el tribunal. En este sentido, la ley establece que el encarcelamiento de los menores debe ser el último recurso y en su lugar, deben procurar que participen en programas comunitarios. Es importante destacar que, si su hijo ha sido enviado a este centro de detención, debe tener en cuenta lo siguiente:
  • No se permite el pago de la fianza. Cuando un adulto comete un delito y la policía lo arresta, se le permite pagar una fianza en el estado de California, lo cual le concede la oportunidad de estar libre mientras se lleva a cabo el procedimiento judicial, debiendo comparecer ante el tribunal en las fechas establecidas. Sin embargo, el tribunal de menores no permite a los jóvenes pagar una fianza, por lo que la única forma de que estos no sean recluidos si así lo requiere el oficial de libertad condicional, es convencer al juez durante una audiencia de detención.
  • Son acusados en el tribunal, independientemente de que estén bajo custodia o no. Cuando el joven es acusado en el tribunal durante una audiencia de detención, esto significa que procederá a leerles sus cargos y derechos constitucionales. Además, tendrán la oportunidad de emitir una declaración con respecto a los cargos que se han presentado en su contra. En esta etapa, el juez tiene la obligación de informarle al joven sobre si está consciente de los cargos en su contra, si tiene representación legal, y si conoce su derecho contra la autoincriminación, y que puede contrainterrogar a los testigos y presentar evidencias ante el tribunal para defenderse.

Durante esta audiencia, no deberá declararse culpable o inocente como ocurre en el tribunal de adultos. En su lugar, debe realizar uno de los actos siguientes:

  • Negar los cargos.
  • Confesar los cargos que se han presentado en su contra.
  • Negar los cargos fundándose en la defensa por demencia.
  • Negarse a defenderse contra los cargos.

Durante la audiencia de detención, el juez determinará si el menor debe ser recluido en el centro de detención de menores conforme al Art. 635 WIC del Código de Bienestar e Instituciones de California. Para que el juez pueda mantener al joven en custodia, la fiscalía debe probar por encima de la duda razonable que el joven cometió el delito, que quebrantó una orden del tribunal de menores, que existe un riesgo de fuga con respecto al menor, que es fundamental recluirlo para proteger a otras personas o bienes, o que es conveniente confinarlo por su propia seguridad.

El juez permitirá que tanto el joven, como el oficial de libertad condicional, el fiscal, los padres o tutores del menor y el abogado defensor del mismo, expresen su opinión antes de tomar su decisión final durante la audiencia de detención.

  • Audiencia de transferencia. En esta audiencia se determina si el caso debe ser juzgado en un tribunal penal para adultos o si debe mantenerse en el tribunal de menores. Un juez de menores decidirá si este es apto para enfrentarse al procedimiento judicial de este tribunal, para lo cual, tomará en cuenta los siguientes factores:
  • Si un programa de rehabilitación ofrecido por el tribunal puede beneficiar al menor.
  • La gravedad de los cargos que se han presentado en contra del joven.
  • Si el joven tiene antecedentes penales.
  • Cualquier intento previo de rehabilitarlo.
  • El grado de formalidad reflejado por el menor al cometer el delito.
  • Audiencia de adjudicación. Se trata de un juicio que será dirigido por el juez y contará con la presencia del fiscal. Debe tener en cuenta que los casos en el tribunal de menores nunca son decididos por un jurado, por lo que no habrá uno presente.
  • Audiencia de disposición. Es aquella en que el juez dicta su decisión con respecto al caso. Si este sostiene la petición del fiscal, el joven será condenado. Para su veredicto, el juez considerará una serie de factores, los cuales incluyen; la edad del menor, las circunstancias de la comisión del delito, la gravedad del delito cometido, y si el joven tiene antecedentes penales.

Una vez que el juez sostiene la petición del fiscal, dictará una sentencia o disposición. En este sentido, existen varias opciones de condenas que el juez puede imponer en casos de menores. Este considerará aquellas opciones que garanticen que el menor reciba la disciplina necesaria para que se convierta en un adulto íntegro y responsable. Algunas de las opciones de condena incluyen, pero no se limitan, a las siguientes:

  • Desestimación de los cargos. Art. 782 WIC.
  • Libertad condicional informal. Art. 654 y 725 WIC.
  • Reclusión en la División de Justicia Juvenil (DJJ).
  • Libertad condicional, ya sea en su hogar, en un hogar grupal, el hogar de un familiar, o en un campamento o rancho de libertad condicional.
  • Libertad condicional informal. Art. 654 y 725 WIC. Cuando un menor incurre en actos delictivos no violentos como el vandalismo o invasión de propiedad ajena; y no tiene antecedentes penales, es posible que el tribunal lo someta a un programa de libertad condicional informal conforme al Art. 654 WIC.

Por su parte, el Art. 725 WIC regula un tipo de libertad condicional distinto. Cuando un menor no es un pupilo del tribunal de menores y está sometido a este programa de libertad condicional informal, estará bajo la jurisdicción del departamento correspondiente a la libertad condicional. Bajo este programa, el departamento no involucra al tribunal de menores, ya que el acto delictivo es uno de bajo nivel que no requiere que el fiscal presente una petición ante este tribunal. El oficial de libertad condicional a cargo del menor presentará un programa de libertad condicional de 6 meses que garantiza que el menor esté dentro de la jurisdicción del tribunal de menores. Durante este periodo, debe someterse a terapia y recibir educación. Además, es fundamental que cumpla con la totalidad de los términos de la libertad condicional. De lo contrario, es posible que el programa sea cancelado y el fiscal proceda a presentar una petición formal ante el tribunal.

Por su parte, el Art. 725 WIC establece un tipo de libertad condicional en el cual la fiscalía presenta una petición, pero el tribunal la suspende hasta que el joven complete el programa de libertad condicional de 6 meses, con la finalidad de ofrecerle una segunda oportunidad, por lo que es importante que no transgreda ninguno de sus términos.

El Art. 725(a) WIC consagra la entrada diferida del juicio. Si el joven admite haber cometido un delito grave, es posible que el juez imponga esta libertad condicional de 6 meses. Durante la misma, no estará bajo la tutela del tribunal salvo que transgreda las condiciones impuestas. 

Por último, el Art. 725(b) WIC establece la libertad condicional de tutela, la cual consiste en que el juez declara al joven un pupilo del tribunal, atribuyéndose la responsabilidad del mismo. Tras lo cual, el menor debe cumplir con un programa de libertad condicional cuya duración es de 6 meses, el cual tendrá entre sus condiciones; la obligación de asistir a la escuela, respetar el toque de queda, pagar multas, resarcir a sus víctimas, someterse a pruebas de alcohol, y cumplir con sesiones de terapia psicológica. Una vez que el joven cumpla con los términos de la libertad condicional, el tribunal procederá a desestimar la petición que se ha presentado en su contra.

  • Libertad condicional de la Entrada Diferida de Juicio (DEJ). En este tipo de libertad condicional, la petición se desestima una vez que el menor completa el programa. Para calificar para la DEJ, el menor debe cumplir con los siguientes requisitos:
  • Tener 14 años o más.
  • El delito no debe estar incluido en el Art. 707 (b) WIC.
  • No debe haber sido un pupilo del tribunal por un delito grave anterior.
  • No le debe haber sido revocada una libertad condicional previamente por parte del tribunal.
  • El delito que cometió no debe estar incluido en el Art. 289 PC.
  • No debe haber sido sometido a la DJJ con anterioridad.
  • Libertad condicional formal. Cuando el juez emite una disposición, el joven que ha sido condenado se convierte en un pupilo del tribunal y es sometido a una libertad condicional formal. El juez puede decidir que permanezca bajo la jurisdicción del tribunal, pero cumpla con la libertad condicional en su hogar. También puede ser enviado a la DJJ, o a un campamento o rancho de libertad condicional, dependiendo de lo que el juez estime conveniente.

Cabe destacar que el estado de California tiene más de 70 campamentos de libertad condicional que están equipados para tener a menores con distintas necesidades. Los jóvenes que son enviados allí deben pasar de 3 a 12 meses en los que recibirán educación, formarán parte de actividades recreativas, recibirán formación vocacional, y adquirirán habilidades que pueden utilizar cuando se reintegren a la sociedad.

  • Confinamiento en la División de Justicia Juvenil. La DJJ es una de las instalaciones a las cuales son llevados los jóvenes cuando cometen un delito grave y el juez sostiene la petición del fiscal. Una vez que el juez impone esta medida, son privados de su libertad durante un periodo que será decidido por la Junta de Menores.

¿Cuáles son las consecuencias de la violación de la libertad condicional?

Como señalamos anteriormente, el menor debe cumplir plenamente con las condiciones impuestas con esta medida. De lo contrario, se declarará que incurrió en una violación de los términos de la libertad condicional, lo cual es un delito grave que puede acarrear consecuencias severas.

Un tribunal de menores puede revocar la libertad condicional impuesta a un menor luego de una audiencia en la cual se discute la violación de la medida. Durante tal audiencia, el juez debe determinar según el criterio de preponderancia de la evidencia si el joven efectivamente ha transgredido los términos. Si la violación es menor, como no respetar el toque de queda, es posible que el tribunal le conceda una segunda oportunidad o modifique algunas de las condiciones, permitiéndole continuar con la libertad condicional. A continuación, conoceremos lo que puede ocurrir según el caso.

  • Si se había impuesto la libertad condicional del Art. 654 WIC, el tribunal puede revocar y seguir adelante con la petición del fiscal.
  • Si se había impuesto la libertad condicional del Art. 725 WIC, el juez puede revocar y declarar al menor un pupilo del tribunal. Asimismo, el juez puede eliminar la libertad condicional en el hogar y el joven tiene el derecho a asistir a una audiencia de disposición en la cual el juez evaluará las evidencias que indiquen que esta es la medida más adecuada para él y por lo tanto debe mantenerse.

Es importante destacar que, si el joven ya era un pupilo del tribunal y se encontraba cumpliendo una libertad condicional en el hogar, también es posible que la fiscalía solicite que la misma sea revocada. Cuando el fiscal presenta esta solicitud, el Departamento correspondiente elabora un informe en el cual consta si el joven ha estado obedeciendo o incumpliendo con las condiciones de la medida. Durante esta audiencia, puede estar presente el abogado del menor, quien lo defenderá y presentará pruebas que lo beneficien. Los posibles resultados de la misma, son los siguientes:

  • El tribunal puede obligar al menor a asistir a programas adicionales.
  • Recibirá una advertencia del Departamento de Libertad Condicional.
  • Será obligado a realizar servicio comunitario.
  • Será enviado a un centro de detención de menores.
  • Será obligado a asistir a programas de drogas.
  • Será monitoreado electrónicamente.
  • Será enviado a un rancho, campamento, u hogar grupal.

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